¿Cómo y por qué las empresas se coludieron en el caso del papel confort?

Ago 7, 2018 | Colusión y Competencia

Desde el primero de agosto se están depositando siete mil pesos en la Cuenta Rut, de cada chileno mayor de 18 años.  ¿Cuáles son las características de este producto -desde el punto de vista económico- que hicieron que las empresas se coludieran? ¿Cómo se calculó el monto de la compensación? Puedes averiguarlo en Miradas MIPP.

Por Marta Apablaza R.


De un monto total de US$158 millones, comenzó la semana pasada, el pago de CMPC a los ciudadanos chilenos en compensación por el sobreprecio cobrado por su consumo de papel higiénico durante 10 años.

Ante este escenario vale preguntarse: ¿Cómo se calcularon los 7 mil pesos que recibiremos los chilenos? Este monto fue estimado por el Sernac y corresponde a aproximadamente un 75% del beneficio económico que percibieron las empresas coludidas.

“Para calcular el monto total de la multa, se debe tener en cuenta el beneficio económico que obtuvieron las empresas al coludirse, y debe fijarse su monto de modo tal que el costo esperado de coludirse exceda el beneficio esperado”, explican Ana María Montoya, Investigadora del Instituto Milenio MIPP  y Marcelo Olivares, académico de Ingeniería Industrial Universidad de Chile, quienes elaboraron el informe económico que evaluó el sobreprecio generado por la colusión entre las empresas SCA y CMPC y que se presentó al Tribunal de la Libre Competencia.

El cálculo de este sobreprecio requirió para los investigadores evaluar cuáles habrían sido los precios de mercado en un escenario en que estas firmas hubiesen efectivamente competido entre sí.

Para el caso de la colusión del papel confort, los investigadores consideraron un mercado de productos diferenciados, en donde existen variedades de marcas, tipos de papel y segmentos de clientes con distintas preferencias y sensibilidades al precio.  “Bajo colusión, las firmas actúan de forma coordinada fijando un precio monopólico que maximiza las utilidades del cartel”, explica la investigadora del Instituto Milenio MIPP.

Y agrega: “En el escenario sin colusión las empresas de papel confort compiten entre sí, bajando el precio para capturar demanda de la empresa rival”.

¿Cuáles son las características de este producto que permitieron 10 años de colusión?

Para los investigadores el análisis del mercado del papel higiénico reveló dos características importantes: Primero, la demanda por papel higiénico es relativamente inelástica, es decir, el aumento o baja de su precio no hace que las personas dejen de comprar ya que además es un bien de consumo básico.

Y la segunda característica es importante: El papel confort es un producto relativamente homogéneo con bajo nivel de diferenciación, donde los consumidores sí están dispuestos a cambiarse de marca y entre empresas hacia productos con precios más bajos.

“El primer punto hace que los precios que puede cobrar un cartel monopólico sean altos, al enfrentarse una demanda agregada relativamente inelástica, lo que no genera una gran disminución en sus beneficios. El segundo punto, es decir el alto grado de sustitución entre productos de distintas firmas hace que la competencia entre estas sea relevante”, explican los investigadores.

En conjunto, estas características de la demanda aumentan los incentivos para que las empresas se coludan. Esto último con el objetivo de disminuir la intensidad competitiva normal del mercado y así generar beneficios económicos extra normales originados productos de la colusión.

Lo anterior justifica la multa de US$ 18,3 millones a la empresa SCA solicitada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) al Tribunal de Libre Competencia.

“El objetivo de las multas es disuadir la colusiones. Con una multa suficientemente relevante y una FNE activa en detectar futuros casos de colusión, las empresas tentadas en coludirse lo pensaran dos veces”, finalizan los investigadores.

*De lo anterior se puede mencionar que, el monto acordado entre el Sernac y CMPC es menor que el monto estimado con la metodología más conservadora utilizada por los investigadores para el TDLC, por lo cual, aún existe un desafío en nuestra institucionalidad donde las compensaciones a los consumidores realmente reflejen los mayores precios cobrados a los consumidores.

*Este artículo está basado en la columna de opinión “Estimación de multas y compensaciones en casos de colusión”.

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