Proporcionalidad en sistemas electorales

Mar 11, 2022 | Sistemas electorales

Por Javier Cembrano, investigador de la Universidad Técnica de Berlín; José Correa, profesor titular de Ingeniería Industrial, Universidad de Chile; Gonzalo Díaz, investigador de la Universidad de Chile, y Víctor Verdugo, profesor asociado de la Universidad de O’Higgins

 

Estos días se han comenzado a tomar algunas definiciones acerca del sistema político que podría regir en el país. Junto con darle forma al sistema político, será necesario definir la forma del sistema de elección por el cual se elegirán nuestros representantes que, si bien corresponde a materia de la ley electoral más que constitucional, la convención deberá deliberar respecto a algunos principios básicos que deben regir en una elección; la igualdad de voto entre los ciudadanos, la proporcionalidad, la transparencia y la representación sustantiva de los intereses de la ciudadanía.

Dieter Nohlen, refiriéndose en 2006 a una de las varias discusiones que hubo en Chile respecto al cambio del sistema binominal, sostuvo que no existe un sistema que realmente sea mejor que otro, sino que se debe confeccionar uno que se adapte a los requisitos del lugar y tiempo. En este espíritu, conviene entonces conocer las características de los sistemas utilizados, sus posibles implicancias y las razones tras su adopción. En el mundo se identifican tres grandes familias de sistemas electorales respecto de parlamentos y cuerpos representativos: proporcionales, mayoritarios y mixtos. Los sistemas proporcionales, en primer lugar, definen la cantidad de escaños que obtiene cada lista o partido de acuerdo a su proporción de votos obtenidos. El método de D’Hondt utilizado en Chile es un ejemplo de sistema proporcional, que se utiliza también en muchos otros países como Noruega, Bélgica e Israel. Por otro lado, los sistemas mayoritarios asignan un solo escaño por distrito al candidato que logra la mayoría (absoluta o relativa, según el caso), y se utilizan actualmente en las cámaras bajas de EE.UU., Australia, Canadá, entre otros. Por último, los sistemas mixtos combinan los dos anteriores, destinando ciertos escaños a las primeras mayorías distritales y otros a la proporcionalidad en territorios más extensos. Países como Alemania, Nueva Zelanda y Corea del Sur escogen sus órganos representativos a nivel nacional a través de este tipo de sistemas.

Los sistemas mayoritarios poseen la virtud de elegir representantes por mayoría y en consecuencia incentivan la agrupación de proyectos políticos. Esto en general favorece el bipartidismo (la famosa “Ley de Duverger”), como lo que ocurre en EE.UU. con los partidos Demócrata y Republicano. Para asegurar la igualdad del voto (o que la población de cada distrito permanezca estable en el tiempo), los sistemas mayoritarios deben considerar renovar periódicamente el trazado de los distritos. Esto los expone al vicio electoral del gerrymandering -práctica de trazar los distritos electorales con la finalidad de disgregar a los votantes del adversario y agrupar a los de un grupo para favorecer su elección- y pueden alejarse considerablemente de una asignación proporcional de asientos a listas. A modo de ejemplo, la Cámara de Representantes estadounidense quedó en 2016 constituida por un 55.4% de republicanos y un 44.6% de demócratas, pese a que la votación obtenida fue de 49.1% vs 48%.

Los sistemas proporcionales son menos sensibles a estos problemas al asignar varios asientos por distrito y con ello garantizar que la proporción representada de cada grupo se asemeje a la proporción de votos que obtiene. Son además muy flexibles en su formulación e implementación, permitiendo imponer porcentajes mínimos de la votación para la participación parlamentaria, garantizar la elección de primeras mayorías distritales, incorporar más dimensiones en la elección -como la paridad de género- y otros recursos que permiten buscar un sweet spot donde se logre una representación variada y rica en el parlamento, sin necesariamente tender a la disgregación de proyectos políticos o al caudillismo. Cabe mencionar que estos sistemas, si bien no requieren volver a trazar distritos, sí requieren una revisión periódica del número de escaños asignados a cada distrito. Así pues, se evitan situaciones como la actual en Chile en que el distrito 20 con una población de 952 mil habitantes elige 8 diputados mientras que el distrito 14, con 982 mil habitantes, elige solo 6 (datos Censo 2017).

Finalmente, los sistemas mixtos toman elementos de los mayoritarios y proporcionales para buscar combinaciones que sean funcionales a los requerimientos de un país. Hoy en día, en un país que sufre de una crisis de legitimidad y representación de nuestras autoridades, es fundamental pensar y diseñar sistemas electorales que contribuyan a elegir representantes que reflejen las aspiraciones y expectativas de la ciudadanía. Con objetivos similares en mente, los países han optado cada vez más por fórmulas proporcionales y mixtas, capaces de considerar dimensiones más allá de la sola posición política de los candidatos (como la representación del pueblo maorí en Nueva Zelanda) y acercarse lo más posible a una configuración acorde a los votos de la ciudadanía. La flexibilidad del sistema electoral, así como la diversidad y proporcionalidad del órgano electo, son atributos fundamentales para incorporar de manera armoniosa la representación de una ciudadanía diversa.


Ese artículo fue originalmente publicado en La Tercera.

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