Protesta social, violencia y cambio constitucional

Oct 14, 2020 | Conflicto, Desarrollo y crecimiento, Proceso Constituyente

Chile tiene la mayor tasa de conflicto per cápita en América Latina. Le sigue, pero lejos, Venezuela. Esta violencia política forma parte del proceso constituyente, sugieren los autores. Así ocurrió en muchas otras partes del mundo. La evidencia comparada enseña otras dos cosas: el cambio constitucional puede “ayudar a atenuar el conflicto”. Pero ello será gradual y dependerá de cuánto cambie la distribución de poder.


Desde hace un par de semanas, los disturbios volvieron a Plaza Italia. Diversas voces se han levantado llamando a condenar la violencia. Obviamente, todos queremos vivir en un país pacífico y donde los conflictos políticos sean resueltos mediante el diálogo. Pero creer que dicho objetivo puede conseguirse mediante declaraciones de intenciones, supone una ingenuidad difícil de entender.

En esta columna consideramos una aproximación distinta, en la cual entendemos el conflicto social como un elemento integrante, lo queramos o no, del actual momento constituyente. Esto implica que, por una parte, la violencia política es un determinante fundamental a la hora de reformar las instituciones y que, por otra parte, el cambio constitucional procesa y encauza esa misma conflictividad.

La evidencia comparada muestra, en primer lugar, que el cambio constitucional debiera ser una herramienta efectiva a la hora de canalizar el descontento social y disminuir los niveles de violencia callejera. Pero, enseguida, también sugiere que esta disminución será gradual y distendida en el tiempo. Resulta esencial, por lo tanto, asumir la existencia de tensiones sociales en Chile, y acompañar el proceso constituyente con los mecanismos institucionales más apropiados para incorporar a la ciudadanía y encauzar el conflicto.

EL CONFLICTO Y EL CAMBIO CONSTITUCIONAL EN CHILE

Comencemos mostrando alguna evidencia para nuestro país. La base de datos ACLED es una de las más utilizadas por la literatura especializada y sistematiza episodios de violencia política en más de 150 países[1]. Desde el año 2019 cubre el conflicto en América Latina, lo cual permite mirar los hechos de violencia en Chile desde una perspectiva comparada. Si consideramos el número de conflictos por cada 100,000 habitantes, nuestro país durante el 2019 fue el que tuvo la mayor tasa de violencia política en la región. Es decir, nuestro país lidera con bastante distancia una de las regiones más conflictivas del mundo, con una tasa que supera en un 50% las protestas y desmanes del segundo país más conflictivo, Venezuela, durante el mismo período de tiempo. Con todo, hay que tener en cuenta que los eventos en Chile tienen una menor intensidad relativa que las batallas, guerrillas o ataques terroristas que enfrentan otros países.

Figura 1:
Efectos del acuerdo constitucional del 15/11

Por otra parte, también es importante considerar que la frecuencia de los disturbios y protestas violentas vienen disminuyendo desde el acuerdo constitucional del 15 de noviembre. Como ACLED registra eventos diariamente, podemos evaluar su impacto sobre el estallido social en Chile. La figura 1 muestra el número de conflictos, considerando la media móvil semanal para atenuar la varianza de los datos.

Resulta evidente que hubo un drástico descenso en la frecuencia de conflictos en los días que siguieron al acuerdo. Entre el 18 de octubre y el 15 de noviembre, el promedio de disturbios diarios era cercano a 40, mientras que durante las semanas siguientes ese número se redujo a menos de 15. Lo anterior representa una disminución cercana al 60% en la frecuencia diaria de conflictos. Hay que tener en cuenta que la tasa de coerción estatal, medida a partir del número de detenciones, se mantuvo constante durante dicho período[2]. Antes del acuerdo hubo cerca de 234 detenciones, mientras que la semana posterior fue de 230. Ello sugiere que la baja corresponde a un descenso de la movilización, antes que la respuesta a un aumento de la represión estatal.

Finalmente, los datos de ACLED muestran que el clima de protesta y violencia social se mantiene en Chile durante el año 2020. Aunque disminuye la distancia respecto a los otros países de la región, nuestro país mantiene las mayores tasas de conflicto per cápita. En síntesis, las protestas violentas están lejos de haber desaparecido.

EL CONFLICTO Y EL CAMBIO CONSTITUCIONAL EN EL MUNDO

¿Qué ocurre en otros países que durante los años que enfrentan un cambio constitucional? Para estos efectos, consideremos todos los cambios constitucionales recogidos desde 1960 en el Proyecto de Constituciones Comparadas[3]. Posteriormente, evaluemos la frecuencia con que ocurren disturbios o protestas violentas en una ventana de 5 años centrada en el cambio constitucional. Los datos de conflicto social provienen principalmente del Instituto de Investigación por la Paz de Oslo (PRIO)[4],  así como de la base de datos del Centro Cline de la Universidad de Illinois (SPEED)[5]. Las figuras 2 y 3 muestran los índices de conflicto, con el año del cambio constitucional destacado en color verde.

La evidencia agregada muestra un aumento considerable de disturbios y protestas violentas en el año que precede a la nueva constitución, para luego disminuir en los años sucesivos. El índice de PRIO muestra un aumento de un 25% promedio durante el año previo al cambio constitucional, mientras que en el índice de SPEED el aumento es de un 35%. Es importante hacer presente que el año en verde corresponde a la promulgación de la constitución, pero la redacción de la misma tarda 14 meses en promedio (PNUD, 2016). Por tanto, este aumento sugiere que el espacio de tiempo en que se extiende el proceso constituyente supone mayor conflictividad de lo habitual.

Figura 2:
Antes y después del cambio constitucional según PRIO

¿QUÉ PODEMOS APRENDER DE ESTA EVIDENCIA?

Aunque para sostener un argumento de causalidad sería necesario desarrollar una estrategia de análisis de datos más exigente, los datos anteriores muestran dos sencillas relaciones entre el conflicto y el cambio constitucional. En primer lugar, los procesos de cambio constitucional muchas veces vienen precedidos; y hasta cierto punto, acompañados, por disturbios y protestas violentas.

Figura 3:

Antes y después del cambio constitucional según SPEED

Tomemos el ejemplo de Sudáfrica durante la década de los 90. Según la generalidad de los expertos, su proceso constituyente jugó un rol determinante en disminuir los niveles de violencia, así como generar las condiciones para el diálogo social y traer estabilidad a un país profundamente dividido por años de segregación racial.  No obstante, es importante recordar que el impulso definitivo para este proceso ocurre luego de una escalada de protestas y disturbios que se acentúan con el asesinato del líder opositor Chris Hani[6]. Una historia similar puede apreciarse revisando los procesos constitucionales de Francia, Irlanda o Colombia[7]. De hecho, la probabilidad de cambiar una constitución en democracia aumenta al doble en presencia de conflicto social.

En segundo término, el cambio constitucional canaliza y ayuda a atenuar el conflicto social. La evidencia del acuerdo del 15 de noviembre es ilustrativa en este sentido. Con todo, la experiencia comparada también ilustra que la caída del conflicto no es automática. El cambio institucional incide en la protesta de manera gradual y distendida en el tiempo. Es importante entender que el cambio constitucional establece una nueva distribución de poderes que solo se verá reflejada en las políticas públicas a mediano y largo plazo. En este sentido, la capacidad del proceso constituyente para afectar positivamente nuestros niveles de conflicto depende de la manera en que se ejecute.

En definitiva, parece razonable exigir que el proceso constitucional canalice políticamente el descontento social y genere una disminución en los niveles de violencia callejera. Sin embargo, esta disminución se dará gradualmente. Aunque queramos acelerar el proceso, la violencia es un fenómeno complejo y para salir de nuestra crisis actual necesitaremos una larga progresión de buenas decisiones. Por ahora, pareciera aconsejable aprovechar la ventana que abre el próximo plebiscito para trabajar en mecanismos institucionales que fomenten la inclusión, la participación y el dialogo social.

Por Alejandro Corvalán y Diego Pardow.

Este artículo fue originalemnte publicado en el proyecto CIPER/Académico.


NOTAS Y REFERENCIAS
  • Bahgat, Karim, Halvard Buhaug, y Henrik Urdal. 2017. “Urban Social Disorder Codebook, version 2.0”, Peace Research Institute Oslo.
  • Elkins, Zachary, Tom Ginsburg y James Melton. 2005. Characteristics of National Constitutions [v.2.0].
  • Hayo, Bernd, y Stefan Voigt. «Determinants of constitutional change: Why do countries change their form of government?.» Journal of Comparative Economics 38.3 (2010): 283-305.
  • Klug, Heinz. The constitution of South Africa: a contextual analysis. Bloomsbury Publishing, 2010.
  • Nardulli, Peter F., Scott L. Althaus, and Matthew Hayes. «A progressive supervised-learning approach to generating rich civil strife data.» Sociological methodology 45.1 (2015): 148-183.
  • Negretto, Gabriel. (2017). Constitution-Making in Comparative Perspective. In Oxford Research Encyclopedia of Politics.
  • Peroff, Kathleen, y Christopher Hewitt. «Rioting in Northern Ireland: The effects of different policies.» Journal of Conflict Resolution 24.4 (1980): 593-612.
  • Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, “Mecanismos de cambio constitucional en el mundo.” Santiago, PNUD, 2015.
  • Raleigh, Clionadh, Andrew Linke, Håvard Hegre y Joakim Karlsen. «Introducing ACLED: an armed conflict location and event dataset: special data feature.» Journal of peace research 47.5 (2010): 651-660.
  • [1] Ver Raleigh y otros, 2010, disponible aquí.
  • [2] Los datos corresponden a una solicitud de transparencia, disponible aquí.
  • [3] Ver, Elkins y otros, 2005, disponible aquí.
  • [4] Ver, Bahgat y otros, 2017, disponible aquí.
  • [5] Ver, Nardulli y otros, 2015, disponible aquí.
  • [6] Ver, Klug, 2010.
  • [7] El caso de Irlanda no es totalmente comparable, dado que la constitución fue impulsada por una fuerza de ocupación (Ver Peroff y Hewitt, 1980). Francia y Colombia, ver Negretto, 2017.

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